viernes, 28 de diciembre de 2007

VALOR DEL BONO POR CADA GRUPO DE BENEFICIARIOS

A LA OPINIÓN PUBLICA:
LA AGRUPACIÓN DE EXONERADOS POLITICOS DE MAIPÚ, DEJA DE MANIFIESTO QUE NO PARTICIPO EN NINGUNA INSTANCIA DE NEGOCIACIÓN PARA LA OBTENCIÓN Y FIJACIÓN DEL VALOR DEL BONO PARA LOS EXONERADOS POLITICOS, SÓLO UNA VEZ PUBLICADA LA LEY Y A PETICIÓN DE SOCIOS DE NUESTRA ORGANIZACIÓN BENEFICIADOS CON EL BONO, DECIDIMOS APOYARLOS PARA QUE SE CUMPLIERA LO OFRECIDO POR EL GOBIERNO, LO QUE MOTIVO LA PRESENTACIÓN HECHA ANTE EL INP, CON MOTIVO DE LOS PLAZOS VENCIDOS PARA SU PAGO.

VALORES DEL BONO DE ACUERDO A CADA GRUPO DE BENEFICIARIOS, CLASIFICADOS EN EL ARTICULO 2º DE LA LEY Nº 20.134.

EN CONFORMIDAD CON EL ACUERDO FIRMADO, EL 4 DE DICIEMBRE DE 2007, ENTRE EL SEÑOR JULIO VALLADARES MUÑOZ, SUBDIRECTOR DE RACIONALIZACIÓN Y FUNCIÓN PÚBLICA DE LA DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO DEL MINISTERIO DE HACIENDA; Y LOS REPRESENTANTES DEL COMANDO EXONERADODS DE CHILE A.G., ENCABEZADO POR DON BERNARDO VARGAS FERNÁNDEEZ, PRESIDENTE.


“PARA CALCULAR LOS AÑOS DE IMPOSICIONES, SE CONTABILIZARÁ EL ABONO ESTABLECIDO EN EL INCISO SEXTO DEL ARTÍCULO 6º DE LA LEY Nº 19.234.” SEGÚN EL INCISO FINAL ARTICULO 2 DE LA LEY Nº 20.134.


TRAMO 1: $ 1.900.000
Exonerados de 70 años de edad o más a la fecha de publicación de esta ley, cuando registren cotizaciones a la fecha de su exoneración de entre 1 y 14 años.

TRAMO 2: $ 2.390.000
Exonerados de 70 años de edad o más a la fecha de publicación de esta ley, cuando registren cotizaciones a la fecha de su exoneración de entre 15 y 19 años.

TRAMO 3: $ 3.300.000
Exonerados de 70 años de edad o más a la fecha de publicación de esta ley, cuando registren cotizaciones a la fecha de su exoneración de entre 20 y 24 años y su pensión no contributiva se hubiere calculado en relación al sueldo base correspondiente al grado 11º o inferiores de la Escala Única de Sueldos del sector público.

TRAMO 4: $ 2.100.000
Exonerados de 70 años de edad o más a la fecha de publicación de esta ley, cuando registren cotizaciones a la fecha de su exoneración de entre 20 y 24 años y su pensión no contributiva se hubiere calculado en relación al sueldo base correspondiente a los grados 2º al 10º de la Escala Única de Sueldos del sector público.


TRAMO 5: $ 4.000.000
Exonerados de 70 años de edad o más a la fecha de publicación de esta ley, cuando registren cotizaciones a la fecha de su exoneración de 25 o más años y su pensión no contributiva se hubiere calculado en relación al sueldo base correspondiente al grado 11º o inferiores de la Escala Única de Sueldos del sector público.



TRAMO 6: $ 2.190.000

Exonerados de 70 años de edad o más a la fecha de publicación de esta ley, cuando registren cotizaciones a la fecha de su exoneración de 25 o más años y su pensión no contributiva se hubiere calculado en relación al sueldo base correspondiente a los grados 2º al 10º de la Escala Única de Sueldos del sector público.


TRAMO 7: $ 1.950.000
Exonerados menores de 70 años de edad a la fecha de publicación de esta ley, cuando registren cotizaciones a la fecha de su exoneración de entre 1 y 14 años.


TRAMO 8: $ 2.570.000

Exonerados menores de 70 años de edad a la fecha de publicación de esta ley, cuando registren cotizaciones a la fecha de su exoneración de entre 15 y 19 años.

TRAMO 9: $ 3.450.000
Exonerados menores de 70 años de edad a la fecha de publicación de esta ley, cuando registren cotizaciones a la fecha de su exoneración de entre 20 y 24 años y su pensión no contributiva se hubiere calculado en relación al sueldo base correspondiente al grado 11º o inferiores de la Escala Única de Sueldos del sector público.

TRAMO 10: $ 2.160.000

Exonerados menores de 70 años de edad a la fecha de publicación de esta ley, cuando registren cotizaciones a la fecha de su exoneración de entre 20 y 24 años y su pensión no contributiva se hubiere calculado en relación al sueldo base correspondiente a los grados 2º al 10º de la Escala Única de Sueldos del sector público.

TRAMO 11: $ 4.050.000
Exonerados menores de 70 años de edad a la fecha de publicación de esta ley, cuando registren cotizaciones a la fecha de su exoneración de 25 o más años y su pensión no contributiva se hubiere calculado en relación al sueldo base correspondiente al grado 11º o inferiores de la Escala Única de Sueldos del sector público.

TRAMO 12: $ 2.250.000
Exonerados menores de 70 años de edad a la fecha de publicación de esta ley, cuando registren cotizaciones a la fecha de su exoneración de 25 o más años y su pensión no contributiva se hubiere calculado en relación al sueldo base correspondiente a los grados 2º al 10º de la Escala Única de Sueldos del sector público.

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